La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha desestimado los recursos presentados por el fiscal y la acusación particular contra la sentencia absolutoria de Rocío G., acusada de la muerte de su suegra en Neda (A Coruña) en 2002, y en los que pedían que se repitiera el juicio.
En la vista de apelación celebrada el pasado 23 de febrero, tanto el ministerio público como la acusación particular solicitaron la anulación de esta sentencia, por la que se absolvió a Rocío G. de la muerte de su suegra en el municipio de Neda en septiembre de 2002 al cuestionar, entre otros aspectos, la decisión del magistrado de la Audiencia Provincial de A Coruña de proceder a la disolución del jurado.
En el fallo, recogido por Europa Press, el TSXG, que incide en las "infracciones procesales" por parte de las acusaciones en el primer juicio celebrado por estos hechos, sostiene que la "eventualidad de un nuevo juicio se vislumbra como una nueva oportunidad para las acusaciones de seguir arrinconando a la acusada y a su defensa y así alcanzar una sentencia condenatoria".
En alusión a los dos juicios celebrados en relación con este caso y al incidir en la inexistencia de pruebas directas y sólo "indiciarias" contra la acusada, afirma que "con tan indirecto bagaje probatorio no se puede descartar otra nueva anulación".
VOTO PARTICULAR
Asimismo, el TSXG en su fallo, hecho público este miércoles, entiende que se conculcarían "derechos constitucionales consagrados" con la celebración de un nuevo juicio y que debe haber un "límite" en los procesos judiciales. No obstante, el fallo, contra el que cabe recurso ante el Tribunal Supremo, no logró la unanimidad de la Sala, al existir discrepancias con el magistrado ponente, Pablo Sande, que emitió un voto particular.
En su voto, coincide con los criterios del fiscal y la acusación particular y entiende que el magistrado de la Audiencia Provincial de A Coruña incurrió en una "aplicación indebida" de la ley al proceder a la disolución del jurado, frente al criterio de los otros magistrados que defienden su actuación. Además, entiende que se privó al jurado de una "prueba de cargo válida que pudiera fundar una condena de la acusada".
María Dolores Pereira Martínez apareció muerta en su casa de Neda en la mañana del 23 de septiembre de 2002 con diversos golpes en la cabeza, propinados "de manera repetida y con extrema violencia", según recoge la sentencia, en la que se señala también que el cuerpo fue rociado "con un producto corrosivo".
El hijo de la principal inculpada y nieto de la víctima, que entonces tenía 15 años, se autoinculpó en un principio de los hechos y fue condenado por un tribunal en sentencia de conformidad e internado dos años en un centro terapéutico.
Sin embargo, su madre llegó a ser condenada por un jurado popular a 17 años de prisión por un juicio que se celebró en la Audiencia Provincial de A Coruña y en el que su ex marido e hijo de la fallecida ejerció la acusación particular.
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) revocó más tarde esa sentencia de condena por lo que se celebró una nueva vista con jurado, aunque el magistrado-presidente lo disolvió al considerar que no había pruebas de cargo suficientes. También absolvió a la acusada al entender que no estaba acreditada su participación en los hechos.